Decisión del juez de inmigración
Revisar si procede una apelación ante BIA y controlar el plazo.
Apelación BIAInmigración a Estados Unidos
La estrategia depende de quién decidió, la autoridad revisora, el plazo, el expediente existente y errores jurídicos o fácticos que pueden alegarse.
Consultar sobre su casoPunto de partida
Revisar si procede una apelación ante BIA y controlar el plazo.
Apelación BIAExaminar la posibilidad de reabrir el expediente y sus requisitos.
Moción para reabrirExaminar si corresponde reconsideración por un error de hecho o derecho.
Moción para reconsiderar
Requisitos
Preparación
Comparación
Órgano, plazo, expediente y objetivo determinan el remedio.
| Remedio | Finalidad | Pruebas |
|---|---|---|
| Apelación | Impugnar una decisión apelable ante el órgano designado. | Generalmente expediente previo y errores jurídicos, fácticos o procesales identificados. |
| Reapertura | Nuevas actuaciones por hechos o pruebas relevantes nuevos. | Pruebas antes no disponibles o no descubribles o presentables, según reglas y excepciones. |
| Reconsideración | Alegar error jurídico o fáctico anterior. | Expediente existente y autoridad pertinente, no hechos nuevos. |
| Remisión | Devolver una apelación pendiente para actuaciones adicionales. | Pruebas nuevas relevantes u otro asunto que requiere actuación del órgano inferior. |
Decir «apelación» no identifica por sí solo el escrito que corresponde presentar. Decisiones de juez, USCIS, DHS o BIA pueden tener órganos, formularios, plazos, agotamiento y efectos suspensivos distintos. Obtenga decisión e historial de notificación antes de elegir.
El aviso debe expresar motivos revisables, no simple desacuerdo. Compruebe jurisdicción, firmeza, renuncia, notificación, tasa o exención y regla de recepción: argumentos fuertes no subsanan todo defecto.
La apelación administrativa no es un juicio nuevo. Identifique resolución, dónde se planteó el asunto, autoridad aplicable, estándar y efecto del error. Transcripciones, pruebas, escritos, mociones y decisión delimitan la revisión.
Derecho, hechos, credibilidad y discreción se revisan de formas diferentes. Separarlos aclara el argumento y evita tratar hechos disputados como cuestiones puramente jurídicas.
Hechos nuevos pueden requerir reapertura o, durante una apelación pendiente, remisión del caso (remand), en lugar de agregarse directamente al expediente. Normalmente explique relevancia y por qué no estaban disponibles o no podían descubrirse antes.
Reconsideración alega error de la decisión según el expediente existente. Plazos, límites numéricos, jurisdicción y expulsión varían: no intercambie remedios ni sustituya una apelación vencida sin base jurídica específica.
Importante
Las vías no son intercambiables. EOIR indica que EOIR-26 contra una decisión judicial generalmente debe recibirse en BIA dentro de 30 días naturales de la decisión oral o envío de la escrita. Otras decisiones tienen órganos, formularios y plazos diferentes.
Fuente oficial: EOIR — Appeal an Immigration Judge Decision (en inglés)Preguntas frecuentes
Generalmente ante BIA con EOIR-26 cuando la decisión sea apelable, no ante DHS ni el tribunal de inmigración.
BIA debe recibir el aviso dentro del plazo aplicable de 30 días naturales. Revise inmediatamente decisión e instrucciones actuales.
Apelación impugna una decisión apelable. Reapertura generalmente requiere hechos nuevos; reconsideración alega error anterior. Rigen requisitos y plazos distintos.
Generalmente se revisa el expediente existente. Pruebas nuevas pueden requerir moción o remisión según órgano, etapa y reglas.
Consulta inicial
Para la consulta inicial, indique brevemente:
No envíe números de pasaporte ni documentos confidenciales. El contacto inicial no crea una relación abogado-cliente. La aceptación requiere revisión de conflictos, acuerdo sobre el alcance y un contrato de representación.